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20 abril 2026

Adolescentes privados de su libertad: suman 137 en Rosario

La fiscal general María Cecilia Vranicich advirtió que el MPA debe ser muy cuidadoso con los derechos y garantías en el nuevo marco normativo juvenil que debutó el fin de semana pasado
La implementación del Código Procesal Penal Juvenil en Santa Fe comenzó el último fin de semana dentro de un proceso de transición con varios factores delicados. Entre ellos, la fiscal general María Cecilia Vranicich confirmó este lunes que hay 137 adolescentes con alguna medida privativa de libertad en Rosario por investigaciones abiertas en el sistema viejo.
"Objetivamente, nos han traspasado 1.163 causas", precisó la titular del Ministerio Público de la Acusación (MPA) en cuanto a los expedientes procedentes de los juzgados de Menores. A partir de la consulta en LT8, ratificó que están haciendo un diagnóstico de cada caso heredado y no descartan que haya duplicados si, por ejemplo, en el mismo episodio intervinieron personas mayores de edad. La exauditora del organismo judicial reiteró que el traspaso era una "materia pendiente" desde el 10 de febrero de 2014, cuando el sistema inquisitivo y adoptó el Código Procesal Penal que rige para adultos. Esta vez, el plan no consiste en una migración gradual. El MPA se hizo cargo de todos los legajos inconclusos que involucran a personas de menos de 18 años de edad en conflicto con la ley.
Mientras el personal del sistema viejo se muda al Centro de Justicia Penal y otras dependencias para asumir nuevas funciones, Vranicich planteó que el cambio de normativa no es un mero trámite. En primer lugar, se refirió a las medidas cautelares y las penas dictadas: "Los jóvenes no pueden estar con adultos sufriendo un encierro".
"Acá tenemos que ser muy cuidadosos con el principio de especialidad", señaló la fiscal general de Santa Fe. De esta manera puso en primer plano el artículo 2 de la ley 14.228, que demanda el respeto de todas las garantías y derechos propios de las personas en crecimiento, además de los que se aplican para imputar o condenar a mayores de edad. La máxima autoridad del MPA recordó que las situaciones procesales son muy distintas cuando el sospechoso de un delito no es un adulto. A modo de ejemplo, comentó: "Después de un juicio oral, si un joven es culpable, se da otro proceso en una audiencia de determinación de pena. El juez puede llegar a la conclusión de que la pena no sea necesaria más allá de la responsabilidad penal del joven".

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