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11 diciembre 2024

Ratifican las demoras por circular sin DNI por la vía pública

La Cámara de Apelaciones fijó criterios para la facultad de "demorar" que posee la policía de Santa Fe. Según las autoridades provinciales no atenta contra las prácticas que vienen llevando adelante los efectivos

La subsecretaria provincial de Relaciones con el Poder Judicial, María Florencia Blotta advirtió que el fallo en segunda instancia a raíz de un planteo que objetaba la potestad de la policía de detener en la vía pública a personas que no portaran su DNI, "no cambia nada" en la práctica.

Blotta dijo por LT8 que el fallo no altera las prácticas con las que se venía manejando la policía de Santa Fe. "Bajo ningún punto de vista, este fallo limita las facultades policiales de solicitar el DNI y de hacer el trabajo en prevención y control a través de identificaciones. Es más, este fallo justamente confirma el rechazo del Hábeas Corpus de primera instancia y el rechazo de la inconstitucionalidad del artículo 10 bis. Frente a ello, como gobierno provincial y Ministerio de Justicia y Seguridad, no estamos evaluando ni siquiera recurrir el fallo del doctor Salvador porque no nos agravia, porque no limita ninguna de las facultades policiales en estas tareas de prevención ni restringe la detención".


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