Críticas al proyecto de divorcio exprés administrativo
Desde el Colegio de Abogados local aseguran que la iniciativa abre muchas interrogantes y no sería beneficiosa pese a su aparente simplicidad. "Lo barato sale caro", plantean
El proyecto de ley presentado por el gobierno nacional que establece el divorcio simplificado por mutuo acuerdo no es visto con buenos ojos por las asociaciones que agrupan a letrados. La vicepresidenta del Colegio de Abogados de Rosario y especialista en derecho de familia, Valeria Argüello, afirmó que la iniciativa gubernamental cosechó un “rechazo absoluto” de distintas entidades profesionales.
“El proyecto atenta contra la seguridad jurídica de los ciudadanos, porque pretende sustraer del fuero de familia al divorcio, vulnerando el principio de progresividad que contempla la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, remarcó Argüelles.
En declaraciones al programa “El primero de la mañana” de LT8, la abogada consideró que “como están planteado en el tema en las noticias, la idea parece atractiva por su simplicidad. Pero entendemos que generará consecuencias legales negativas por la pérdida de derechos o el desconocimiento de las implicancias jurídicas del divorcio”.
Al ser consultada sobre cuáles serían los riesgos en caso de que la iniciativa del gobierno sea declarada ley, la vice del Colegio de Abogados local indicó: “Hoy, el Código Civil con la mirada integral que tiene con relación a la familia, permite realizar el divorcio con una propuesta reguladora en la que se pueden contemplar alimentos, régimen comunicacional, régimen de bienes. Y allí surgen interrogantes como, por ejemplo, ¿quién determina la fecha de disolución de la comunidad de ganancias?"
Argüelles señaló que “la sentencia de divorcio no tiene que ver solo con disolver el vínculo, sino que existen otros efectos”. Y en ese sentido, la especialista en derecho de familia formuló una serie de preguntas que, según las entidades que agrupan a los abogados, no tienen respuestas en el proyecto oficial y dejan a las personas ante una eventual pérdida de derechos.
“¿Qué sucederá con los alimentos, con la atribución de vivienda? ¿En el caso de los alimentos entre los propios cónyuges? ¿La administración de bienes fruto de la división post comunitaria? Además, ¿cómo el funcionario del Registro Civil podrá advertir que la voluntad de disolver el vínculo está libre de toda causal de violencia? ¿Desde qué fecha empieza a correr la compensación económica?”, se preguntó Argüelles.
Y amplió: “La compensación es una indemnización que está prevista para el cónyuge al cual el divorcio le ocasiona un desequilibrio económico importante. La compensación está pensada para la mujer que cumple tareas de cuidado de niños y deja de lado su actividad profesional ¿Qué pasará con esa compensación económica?, porque el Código establece un plazo de caducidad de seis meses a partir del divorcio. ¿Quién le podrá comentar estos derechos a las personas que se divorcien?".