head-720
11 diciembre 2024

Multas de hasta $200 mil por no liquidar expensas de manera clara

Es el monto máximo previsto por ordenanza, sancionada hasta siete años que ahora la Oficina del Consumidor busca implementar en 2023

Más de mil administradores de consorcios que operan en Rosario podrían recibir multas de hasta 200 mil pesos por incumplir la ordenanza de expensas claras. La Oficina municipal de Defensa del Consumidor busca implementar en 2023, tras siete años de ser sancionada, la norma que penaliza a quienes no presentan a propietarios e inquilinos un desglose de los pagos mensuales por habitar en edificios de propiedad horizontal. Se busca evitar abusos y que se inflen conceptos sin documentación respaldatoria, como surgió en las 150 denuncias ya presentadas contra el sector en lo que va del año.

El titular del Consejo Asesor de la Vivienda, Ariel D’Orazio, anticipó a La Capital que en los próximos días convocará a una reunión a los representantes de los inquilinos, el Colegio de Corredores Inmobiliarios, la Cámara de Propiedad Horizontal, concejales de distintas bancadas y autoridades del Tribunal de Faltas.

“La idea es sentar en una mesa a todos los actores del sistema y acordar de una vez por todas la implementación de una regulación que fue aprobada en la ciudad hace ya siete años”, confió el funcionario que depende de la Oficina del Consumidor.

De acuerdo a estimaciones de esta dependencia, en la ciudad hay más de mil administradoras de consorcios de edificios. Apenas el 20 por ciento está inscripta en un registro municipal exigido por ordenanza del Concejo, y se calcula que otro 30 por ciento está adherido a la cámara del sector. Pero la otra mitad no cuenta con ningún control y es allí donde aparecen la mayoría de los cuestionamientos.

Según pudo saber este diario, del universo de mil administradoras de consorcio, hay al menos 10 que están bajo la lupa por concentrar ya una gran cantidad de denuncias. Defensa del Consumidor las intima, las cita, pero al no haber todavía sanciones operativas, no cambian su proceder.

Las irregularidades planteadas van desde la incorporación en las expensas de conceptos difusos, pasando por honorarios injustificados, falta de presupuestos alternativos y documentación sin respaldo, como ocurrió en algunos edificios céntricos que cobraban seguros que al momento de un incendio no estaban vigentes.

Regulación

La regulación original fue sancionada en 2016 y fue presentada por la concejala Norma López. Tres años más tarde el municipio anunció que la iba a empezar a exigir en defensa de los derechos de los copropietarios.

Pero faltaba la tipificación de una contravención específica en el Código de Faltas para poder avanzar con una efectiva de fiscalización y posterior sanción del Tribunal. Así surgió la ordenanza 10.133 aprobada en diciembre de 2021.

Allí se faculta a la Oficina del Consumidor para que, “una vez recibidas las denuncias y habiendo fracasado el proceso de mediación por falta de acuerdo o por incumplimiento” derive las actuaciones al Tribunal Municipal de Faltas.

Y se establecen sanciones con una multa mínima de 300 Unidades Fijas, que corresponde al valor de un litro de nafta súper, que desde mediados de mes se ubica en $199 en la ciudad, lo que equivale a 60 mil pesos. En caso de reincidencia, se podrá sancionar hasta un máximo de 1.000 UF por año, unos $200 mil.

El texto aprobado por los ediles señala que “se han detectado abusos e irregularidades que se plantean al momento de liquidar las expensas sin posibilidad de que el copropietario pueda comprobar o anticipar, ya que no tiene comprobantes de los gastos realizados por el administrador”.

De acuerdo a la norma, los datos obligatorios que deberá consignar el administrador del consorcio en la liquidación digital de expensas son: datos del administrador (nombre, domicilio, teléfono, Cuit); detalle de los ingresos y egresos del mes anterior y el activo o pasivo total; nombre y cargo del personal del consorcio (sueldo básico, horas extras detalladas, detalle de descuentos y aportes por cargas sociales).

También deberán darse detalles de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando trabajo realizado, importe total y cantidad de cuotas y número de cuota que se abona.

En paralelo se exigen precisiones sobre pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro y número de la cuota que se abona.

Se deberán mencionar los honorarios por administración y período al que corresponde. Y en caso de que existieran juicios por cobro de expensas o por otras causas en los que el consorcio sea parte, se indicarán en la liquidación mensual todos los datos.

https://www.lacapital.com.ar/suscriptores/se-vienen-multas-200-mil-no-liquidar-expensas-manera-clara-n10053480.html


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *